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El Departamento de Patrimonio es el órgano administrativo que depende de la Coordinación General de Finanzas, encargado de llevar a cabo el registro, actualización y control de los activos fijos de la Universidad, correspondiéndole las siguientes funciones:

  1. Registrar y actualizar permanentemente el inventario de bienes muebles e inmuebles de activo fijo, que constituyen el patrimonio universitario, así como los documentos comprobatorios de su propiedad.
  2. Llevar registro, control y verificación de las adquisiciones, ventas y producción de semovientes y especies menores.
  3.  Elaborar las altas correspondientes a las adquisiciones y donaciones de bienes muebles e inmuebles de activo fijo, de conformidad al soporte documental.
  4. Participar y conducir la Comisión Evaluadora de Bienes Muebles, teniendo el voto de calidad en las reuniones de trabajo.
  5. Elaborar las actas de baja de los bienes muebles que sean desechados, extraviados o robados, con la autorización del Comité, previo dictamen de la Comisión Evaluadora de Bienes Muebles.
  6. Intervenir en la recepción de bienes muebles e inmuebles considerados patrimonio cultural y artístico que se incorporen a la Universidad, así como darles la custodia y tratamiento adecuado.
  7. Intervenir y servir de apoyo en los actos de cambio de los funcionarios y empleados de las facultades, escuelas, institutos y dependencias de la administración central universitaria, en coordinación con el Departamento de Auditoría Interna.
  8. En caso de incertidumbre o controversia jurídica relativa a la propiedad de los bienes de la Universidad, se coordinará con la Dirección de Asuntos Jurídicos, para llevar a cabo las acciones necesarias para su solución.
  9. Elaborar trimestralmente un informe detallado del inventario patrimonial de la Universidad y gestión de su encargo, a la Coordinación General de Finanzas, con copia para el Comité Permanente de Finanzas. X. Proporcionar a la Contraloría Interna, la información contable mensual que genera este departamento; y
  10.  Las demás que le confiera la Legislación Universitaria.